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BASES DEL CONCURSO “¿QUIERES SER UNA ESTETICISTA 4.0?”

1.- Objeto, identificación y aceptación
 

  • 1.1 Skeyndor, S.L.U con domicilio social en Navas de Tolosa, 148, 08223 Terrassa (Barcelona), con CIF B-63091870 (en adelante “SKEYNDOR”) organiza una acción promocional consistente en un concurso denominado “¿Quieres ser una Esteticista 4.0?” (en adelante, el “Concurso”).
  • 1.2 El Concurso tendrá lugar en la página oficial de SKEYNDOR en la red social Facebook www.facebook.com/skeyndorprofesional
  • 1.3 A efectos informativos, SKEYNDOR declara que Facebook ni patrocina, ni avala ni administra de modo alguno este Concurso, ni está asociado al mismo. El participante entiende y acepta que al participar está proporcionando información a SKEYNDOR.
  • Su participación en este Concurso implica que usted ha leído, entendido y aceptado, sin reserva alguna, las presentes bases de Concurso.
    Usted puede acceder, imprimir, descargar y guardar las presentes bases de Concurso, que estarán permanentemente accesibles en www.facebook.com/skeyndorprofesional.

2.- Condiciones y requisitos de participación

  • 2.1 Podrán participar en el Concurso personas mayores de 18 años residentes en España que cumplan las condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases legales, en concreto:
    • 1º) Haberse registrado previamente en la página web: pro.skeyndor.com, cumplimentando el formulario que a tal fin se pondrá a su disposición, facilitando los siguientes datos: nombre, apellidos, dirección de correo electrónico, nombre del centro, código postal, provincia y teléfono.
    • 2º) Haber recibido el código de validación facilitado por SKEYNDOR que certifica que el usuario reúne las condiciones necesarias para la participación.
    • 3º) Una vez obtenido el código de validación, el usuario deberá responder a una encuesta, registrarse nuevamente con sus datos e introducir el código de validación, para que su participación sea válida.
       
  • 2.2 No podrán participar las siguientes personas:
    • 1. Los empleados de SKEYNDOR, y sus familiares.
    • 2. Cualquier persona que tenga una relación mercantil con SKEYNDOR o que haya colaborado en la elaboración y desarrollo del presente Concurso.
    • 3. Cualquier persona que no se haya registrado previamente en pro.skeyndor.com y/o cumplimentado los pasos previstos en el apartado 2.2 anterior. Antes de la finalización del Concurso.
      Si resultara premiada alguna de las personas excluidas de la participación, no tendrá derecho a obtener el premio del Concurso, será descalificada y se procederá a un nuevo sorteo en la forma prevista en el punto 3.- de estas bases.

3- Duración del Concurso y selección de ganadores

  • 3.1 La participación en el Concurso se extenderá durante el período comprendido entre el 4 de mayo y el 12 de junio de 2015 (ambos inclusive).
  • 3.2 El sorteo del premio detallado en el punto 4.- siguiente se llevará a cabo el día 12 de junio mediante una aplicación informática de un tercero (http://www.easypromosapp.com/es/), en virtud de la cual, y mediante un proceso informático, se decide, de forma aleatoria, al ganador. El nombre del premiado, no obstante, será publicado en la página oficial de SKEYNDOR en la red social Facebook sobre el día 15 de junio de 2015.
     

4.-Premios ofrecidos a los ganadores del Concurso

  • El premio consistirá en un iPad Air 2, que incluye solo Wifi (sin 3G) y 16 GB de capacidad, valorado en 489 Euros.
     

5.- Comunicación a los ganadores y entrega del premio

  • 5.1 Se contactará personalmente con el ganador mediante correo electrónico dirigido a la misma dirección que haya facilitado al registrarse. Se harán hasta 3 contactos en un periodo de 15 días naturales a contar desde el siguiente al sorteo realizado. El ganador deberá confirmar la recepción de la comunicación y facilitar dirección postal de envío y número de DNI en el plazo máximo de 10 días naturales a contar desde la fecha en la que el ganador haya confirmado la recepción de la comunicación. SKEYNDOR se reserva la posibilidad de requerir al agraciado para que acredite la veracidad de los datos facilitados durante el proceso de registro en el Concurso, pudiendo SKEYNDOR descalificar y retirar el premio al ganador cuyos datos resulten ser falsos o inexactos.
  • 5.2 En caso de que transcurrido dicho plazo de 15 días naturales no se hubiera podido contactar con el ganador, se realizará un nuevo sorteo, siguiendo el proceso determinado en el punto 3.- de estas bases, aplicándose al nuevo ganador idéntica mecánica de notificación. En el supuesto de que no pudiera establecerse contacto con el ganador resultante del segundo sorteo, SKEYNDOR se reserva la posibilidad de considerar desierto el Concurso.
  • 5.3 El premio se entregará mediante envío por mensajero o correo certificado con acuse de recibo a la dirección facilitada por el ganador, siendo por cuenta de SKEYNDOR los gastos de envío. En caso de que el premio no pueda entregarse debido a que los datos facilitados por el ganador sean incorrectos, SKEYNDOR lo conservará en depósito durante 3 meses, plazo durante el cual el ganador podrá retirarlo personándose en el domicilio social de SKEYNDOR. Transcurrido ese plazo sin que el premio sea reclamado, se entenderá que el ganador ha hecho renuncia al mismo.

6.- Otros aspectos legales

  • 6.1 SKEYNDOR se reserva el derecho de modificar las bases del presente Concurso en cualquier momento, e incluso de anularlo y dejarlo sin efecto, siempre que concurra causa justificada para ello. En todo caso, se compromete a comunicar por esta misma vía las bases modificadas, o en su caso, la anulación del Concurso en su conjunto, de forma que todos los participantes tengan acceso a dicha información.
  • 6.2 La participación en el Concurso no estará sujeta a desembolso de cantidad alguna por parte de los participantes.
     

7.- Protección de Datos

  • De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos por Ud. facilitados serán tratados de forma confidencial y quedarán incorporados a un fichero titularidad de Skeyndor, S.L.U, cuya finalidad será la gestión del Concurso y envío de información comercial de interés. Podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndose por escrito a Skeyndor, S.L.U. Navas de Tolosa, 148, 08223 Terrassa (Barcelona).
     

8.- Jurisdicción

  • Con la participación en el Concurso, el participante conviene con SKEYNDOR y acepta expresamente someter cualquier controversia que pudiera suscitarse sobre la interpretación y aplicación de estas bases del Concurso a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Barcelona.
     

9.- Tratamiento fiscal de los premios

  • A los premios del presente Concurso les será de aplicación la legislación fiscal vigente en el momento de la aceptación del premio por parte de la persona premiada.
     

10.- Publicidad del Concurso

  • Mediante la aceptación de las presentes bases del Concurso el participante autoriza expresamente a SKEYNDOR a difundir/reproducir su nombre y apellidos así como los comentarios que haya podido realizar en el supuesto de resultar ganador, en las páginas web de SKEYNDOR o de las compañías de su grupo, para la realización de cualquier actividad publicitaria, promocional o de marketing.